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Browsing Tesis by Author "Araya Ibáñez, Gonzalo"
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Item "¿Cómo impacta a los contribuyentes el aumento en la tasa de retención a los honorarios?"(UNIACC, 2022) Aguilar Ojeda, María; Meléndez Ortega, Alejandra; Canales Kuschel, Jeanette; Santander Baeza, Sebastián; Araya Ibáñez, Gonzalo;¿Cómo impacta a los contribuyentes el aumento en la tasa de Retención a los Honorarios? Con esta pregunta parte la investigación sobre la ley N° 21.133, con su entrada en vigencia, ya que generará beneficios como la protección social a los trabajadores independientes que coticen, sin embargo, para que esto suceda habrá un incremento gradual de la tasa de retención a los honorarios. Una vez definida la pregunta central se define el público objetivo, lo que justifica la investigación y cómo se abordará la investigación entendiendo el marco epistemológico y marco teórico. Posteriormente, se analiza el enfoque metodológico a utilizar en la investigación que resulta ser el cuantitativo debido a sus características y metodología, que la hace ser más adecuada a la investigación realizada. Por último, se realiza una encuesta donde se eligen preguntas estratégicas que permitan identificar a trabajadores independientes que les aplica la ley N° 21.133 y que dan su respuesta y opinión sobre los cambios que esta ley les ha implantado. Se elige una cantidad de encuestas mínimas (50) para tener la información necesaria para obtener conclusiones válidas. Esta encuesta fue de manera anónima. Con las respuestas se logra obtener conclusiones que permiten responder la pregunta principal de la investigación, pero a su vez se logra obtener gran información que permite descifrar que los trabajadores independientes están a favor de los beneficios sociales, sin embargo, no están dispuestos a recibir menos dinero en la devolución de impuestos.Item "La doble tributación internacional : principios, alcances y convenios"(UNIACC, 2020) Pardo Banda, Harry; Bravo Aravena, Alexis ; Sanhueza Martínez, Christie ; Araya Ibáñez, GonzaloLa Doble Tributación Internacional (DTI), desde una mirada económica significa para los países, que estos no están dispuestos a ceder su jurisdicción animosamente para recaudar impuestos cuando las actividades sean llevadas a cabo dentro del propio país por terceros no residentes, o bien, cuando éstas se desarrollen en otros países por residentes del primero. Esta discusión toma una importancia prioritaria, cuando el Estado justifica el pago de tributos sustentando su intención, esencialmente, es su soberanía. Los Estados, desde una mirada internacional y en teoría, pueden adoptar cualquier principio jurisdiccional para gravar a los contribuyentes, sea el de la “Fuente”, el de la “Residencia” o el de la “Nacionalidad”; naturalmente se requiere que existan acuerdos en las políticas tributarias entre países, esclareciendo así qué país cobrará los impuestos y el sujeto de derecho que terminará pagándolos. El presente proyecto busca mostrar los elementos, principios, que dan origen a la doble carga impositiva y cómo se trabaja en la eliminación parcial o total de aquélla, a la sombra de los convenios internacionales. (...).Item "Medidas tributarias establecidas para apoyar a las pymes y su impacto en las pequeñas empresas del sector gastronómico del Barrio Italia"(UNIACC, 2021) Cabrera Espinoza, Patricia; Macías Oyarzún, Constanza; Araya Ibáñez, GonzaloEste trabajo de investigación consiste en el análisis del impacto de las medidas tributarias aplicadas por el Gobierno para combatir los efectos económicos negativos del Covid-19 en las pequeñas empresas del Barrio Italia. La investigación se desarrolla bajo un enfoque mixto, usando como herramienta de recolección de información la encuesta y el cuestionario. La investigación ha arrojado que la mayoría de los propietarios y gerentes del sector gastronómico de Barrio Italia tienen conocimiento de sus derechos y obligaciones de acuerdo al régimen tributario en el que se encuentran inscritos. Los propietarios y gerentes del Barrio Italia expresaron que al aplicar las medidas tributarias a las pequeñas empresas sería un beneficio para aquellos que necesitan más apoyo por parte de la administración fiscal, para así mitigar los riesgos que sobrevienen con el distanciamiento social producto de la pandemia. Pueden por otra parte surgir consecuencias para los contribuyentes por las acciones tomadas por las administraciones fiscales como lo es el impacto en el diferimiento para la presentación de declaración poder solicitar devoluciones, por los problemas de flujo de caja. Las medidas de corta duración se perciben como beneficiosas para los contribuyentes con problemas de flujo de dinero, por lo que la crisis se puede desarrollar en el tiempo de forma distinta para determinados contribuyentes. Por otro lado, las medidas de más larga duración podrían generar que les cueste más trabajo a los contribuyentes regresar a la normalidad. Por último, las posibilidades de fraude con algunas medidas pueden propiciar la generación de esquemas de defraudación, y las administraciones tributarias deben considerar informar de las medidas tomadas en otros medios además de la página de internet para.Item "Tributación de subsidios"(UNIACC, 2020) Lobos Orellana, Simón; Araya Ibáñez, GonzaloEste estudio consiste en un análisis del tratamiento tributario y contable de los subsidios en dinero que otorga el Estado a través de Corfo y otras instituciones similares. Estas instituciones fomentan distintas actividades económicas y brindan subsidios consistentes en un aporte económico, el cual permite a quien lo recibe, cubrir gastos para el desarrollo de investigación científica y tecnológica. Recibir este tipo de ingresos si bien representa una gran ayuda, al mismo tiempo hace necesario un registro y control apropiado en la contabilidad. Este estudio mediante método cuantitativo de investigación busca aclarar y entender la regulación tributaria y contable de estos fondos y hacerlas converger en su tratamiento, entregando una propuesta metodológica apegada a las normas para una empresa o un emprendedor que desarrolle proyectos de investigación y logren obtener financiamiento del Estado por medio de subsidios.Item "Tributación internacional y su relación con los convenios de doble tributación"(UNIACC, 2020) Rojas Valenzuela, Luis; Games Cruz, Xenia ; Bravo Astete, Eugenia ; Araya Ibáñez, GonzaloLa doble tributación internacional desde el punto de vista jurídico se da cuando dos o más Estados aplican impuestos de similar naturaleza, respecto de un mismo hecho económico. Los países no están dispuestos a perder jurisdicción a cambio de recaudar impuestos cuando las actividades sean realizadas en el mismo país por terceros sin residencia o con el desarrollo de actividades en otros países por residentes. Los Estados pueden adoptar cualquier principio jurisdiccional para registrar a los contribuyentes, sea el “Principio de la Fuente”, el “Principio de la Residencia”, o el “Principio de Nacionalidad”; Naturalmente, es necesario un acuerdo de tributación política, que aclare qué país pedirá los impuestos y quién los pagará. Este proyecto muestra los elementos, los principios que dan origen a la doble imposición, y cómo hacer para eliminarla parcial o totalmente. Los Estados, para enfrentar y resolver los casos de doble tributación internacional incorporan dentro de su legislación, convenios para regular esta situación, los principales convenios utilizados son los preparados por la OCDE y por la Organización de Naciones Unidas ONU, en su modelo de convenios entre países desarrollados y en desarrollo. Chile ha adoptado medidas unilaterales para evitar la doblen imposición, introduciendo a la ley de la Renta normas permanentes Art. 41 A y 41 C, también ha adoptado medidas bilaterales consistente en la celebración de una serie de convenios internacionales (Artículo41 C derogado a contar del 01 de enero de 2020 por el número 24 del artículo segundo de la ley Nº21.210). Dentro de estas medidas bilaterales encontramos el D.S. Nº832, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 24.01.2004, que promulga el Convenio entre la República de Chile y el Reino de España, para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuesto a la Renta y sobre el Patrimonio.